Representaciones en torno al enseñar y aprender en contextos de encierro
Colosimo analizó la educación como herramienta transformadora, convocado por el área de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Extensión Universitaria.
En el excelente trabajo de investigación llevado a cabo por los licenciados Juan Pablo Aires Cunha y Héctor Rausch, que presentaron en una charla en el marco del V Encuentro Internacional EAN 2023 bajo el título "Representaciones de docentes y estudiantes en torno al enseñar y aprender en contextos de encierro" expusieron los resultados del trabajo que los autores realizan desde 2018.
Desde ese año, Cunha y Rausch trabajan sobre la temática en un recorrido que unifica la labor de varios profesores de la Universidad Salesiana en un equipo interdisciplinario.
El trabajo persigue describir, en un principio, las representaciones de los estudiantes de la escuela CENS N°463 (ex Escuela de Enseñanza Media N°9) emplazada dentro del penal de Villa Floresta en la ciudad de Bahía Blanca.
La idea, según la charla, es la identificación de las experiencias educativas que promueven enlos alumnos cambios significativos en su forma de ser (pensar, sentir y actuar). Al mismo tiempo, identificar a qué practicas educativas le atribuían dicho cambio.
Al cabo de las primeras experiencias, ingresaron en una segunda etapa de la investigación donde se focalizaron también en los docentes. En estos últimos, se observaron las experiencias pedagógicas, intencionalidades y estrategias.
Actualmente, se encuentran en un tercer tramo de la investigación donde se incluyó a los cumplidos, tutelados y liberados. De esta manera, están observando la experiencia del paso por la escolaridad cuando ya están afuera de la institución carcelaria.
Desde el punto de vista metodológico considero acertada la elección de una metodología cualitativa a través de lo que se conoce como teoría fundamentada (no parte de una hipótesis, sino que va construyendo teoría a medida que se suman los casos con características que a priori parecieran marcar una regularidad). El enfoque interpretativo permite construir dicha teoría desde el punto de vista de los actores actuantes, descubrir el entramado simbólico y que otorga un sentido específico para los mismos.
Dentro de las primeras conclusiones destacan la importancia de la educación en cuanto a la modificación de habilidades sociales, vinculares y comunicativas entre los estudiantes. De la misma manera comentaron que es una manera de "salir de la situación de encierro", pensar en la construcción de otra realidad diferente a la vivida hasta ese momento.
El trabajo no solo logra un buen diagnóstico de la situación, sino que también, como todo buen trabajo, logra introducirnos en un campo de reflexión y crítica. Tomando las palabras del disertante, cuando dice que sin romantizar el medio también existen tensiones. Antes de describir las tensiones la pregunta que subyace a esto es: "¿cuán diferente es el mundo de la cárcel al de afuera?".
Obviamente que desde una mirada muy específica las diferencias son muchas y obvias, pero al tomar una distancia prudencial podríamos pensar, sin ser específico, que esas diferencias se licuan, se esfuman, al menos para un sector de la población mostrando condiciones similares en un amplio sector de la población que no está inmerso en un proceso penal.
Una de las tensiones que se mencionan a partir de las conclusiones del trabajo es lo que sucede con el estigma de la cárcel para aquellos que al salir de la misma cargan con el sello de la institución.
Los que alguna vez transitamos la experiencia carcelaria, sabemos perfectamente que la consumación del ciclo educativo otorga una herramienta más para romper el círculo de marginalidad y exclusión que, en la mayoría de los casos forma parte de un estereotipo de delincuente. La pregunta es si alcanza. Aquí es donde encontramos la similitud con el afuera. Si bien en Argentina contamos con un modelo educativo muy amplio, de carácter obligatorio y gratuito, sabemos que ciertas características de algunos sectores sociales no logran romper el círculo de exclusión que la misma sociedad o estructura social le impuso.
La relación entre nivel educativo y delito conforma una asociación relevante. Del último censo penitenciario (2021) observamos que de un total de casi cien mil detenidos bajo el regimen de encierro (procesados y condenados del total del país) un 23,1% ingresó con menos de primaria completa y un 34 % con la escolaridad primaria completa. Podríamos pensar que más de la mitad de los detenidos tienen un nivel educativo bajo, que hoy no permite acceder a muchas situaciones laborales, sociales o económicas. [1]
Esto no significa que existe una causalidad ligada a la educación, no se está diciendo que por no tener un nivel de instrucción aceptable delinque. Es lo que conocemos como una variable concomitante, o sea, asociada y combinada con otros factores. Los mismos se vinculan con niveles de marginalidad y exclusión muy profundos donde el delito conforma parte de ellos y la falta de acceso a la educación una constante. Sin embargo, no todos los delitos. Solo algunos, aquellos que le es fácil punir a cualquier regimen penal; burdos, muchas veces con un exceso de violencia que llaman la atención de cualquier espectador de un noticiero, sin sentido (si tenemos en cuenta los fines materiales). Existen otros delitos como los señalados por el autor Sutherland, a los cuales los definió hace décadas como un tipo de delito, muy generalizado, pero que los sistemas penales tienen mayor dificultad para punir. [2]
Entonces vamos llegando a la reflexión que esta excelente ponencia provoca. La educación no puede salvaguardar de cometer un delito, pero si de romper con un factor fundamental que es la vulnerabilidad social. La misma no solo se manifiesta en la introducción de determinadas pautas de conducta delictiva sino en la falta de herramientas para salir de ella y de un contexto donde es fácil convertirse en el principal factor de amenaza de la sociedad.
Cuando se mencionó aquí la distancia entre el adentro y el afuera de la cárcel estamos pensando en no solo la inclusión, en el romper ese círculo de marginalidad, exclusión y vulnerabilidad social, de aquellos que están dentro del régimen penal sino también en aquellos que están afuera, pero comparten las mismas dificultades (o a veces más) para completar los estudios, adquirir herramientas de subsistencia, capacidades para enfrentar un sistema cada vez más competitivo y voraz.
Obviamente que al interior del proceso educativo las distancias son mayores entre aquellos que acceden a la educación en un contexto de encierro que a los que se educaron fuera del mismo. Esto es definido por los autores cuando mencionan que existen prácticas concretas en el proceso educativo que tienen una significante diferencia con el afuera. Cumplen una función, por otro lado, específica y clara, al dar cuenta de un derecho humano que en algún momento le fue vulnerado, el derecho a la educación.
El derecho a la educación proporciona, no solo en el encierro, nuevas formas de subjetivación, "ver más allá", que son fundamentales para cualquier ser humano pero que adquieren relevancia en estos sectores, por un lado el de los detenidos por cuestiones vinculados a la marginalidad y la exclusión, pero también para miles de jóvenes que aun sin haber transitado por esa situación también les es fundamental para no ser uno más de los que potencialmente conforman ese universo de vulnerabilidad social antes mencionado.
Educar no es una tarea sencilla. Por eso promover el aprendizaje en cualquier tipo de contexto supone una perspectiva diferente para convivir entre las personas incorporando cambios graduales pero posibles.
[1] Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) es la estadística penitenciaria oficial del país y muestra la evolución y las características de la población privada de libertad en unidades penitenciarias. Los informes del SNEEP 2021 presentan los datos surgidos del censo penitenciario realizado el 31 de diciembre de 2021 en todas las unidades del país. http://datos.jus.gob.ar/ro/dataset/sneep/archivo/5de62f46-aaf3-4d08-9002-7198d703963c
[2] En su monografía de 1949, Edwin Sutherland define los delitos de cuello blanco como «un crimen cometido por una persona de respetabilidad y alto estatus social en el curso de su ocupación»5. En otras palabras, son aquellos delitos complejos cometidos por las grandes corporaciones y «hombres de negocios», como él los llamaba.